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Finalmente se confirmó que no hay registros fílmicos de declaraciones de arrepentidos

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La Cámara Federal de Casación Penal podrá resolver planteos de nulidad sobre declaraciones de arrepentidos, tras confirmar que no hay en el expediente registros fílmicos de los acuerdos celebrados entre los fiscales del caso y los imputados arrepentidos.

Los jueces de la Sala I del máximo tribunal penal recibieron ayer la respuesta de la fiscalía de juicio, a cargo de Fabiana León, en la que se informó que los acuerdos de colaboración están plasmados en “legajos impresos y también digitalizados», y que se hallan «disponibles para su compulsa y evaluación, al igual que el resto de la documentación”.


Los acuerdos fueron celebrados principalmente por el fiscal Carlos Stornelli y homologados luego por el juez Claudio Bonadio y luego confirmados por la Cámara Federal porteña, pero las defensas de varios de los imputados insistieron con sus planteos ante Casación que semanas atrás celebró una audiencia para intentar zanjarlos.

En aquella audiencia, los planteos apuntaron contra la aplicación de la ley del arrepentido para delitos cometidos supuestamente antes de que la norma se extendiera en 2016 a casos de supuesta corrupción, pero también al hecho de que los acuerdos no fueron grabados por lo que no habrían sido celebrados bajo las exigencias que establece la ley.

La

 ley del arrepentido establece en su artículo 7 (de requisitos formales) que “el acuerdo de colaboración se celebrará por escrito”, pero en el artículo anterior aclara que “las declaraciones que el imputado arrepentido efectuare en el marco del acuerdo de colaboración deberán registrarse a través de cualquier medio técnico idóneo que garantice su evaluación posterior”.

Para los imputados, y para la mayoría de los fiscales que aplicaron esa ley en los tribunales federales de Comodoro Py, “cualquier medio técnico idóneo” significa cualquier registro audiovisual que permita observar luego que el imputado hubiera declarado libremente, por su propia voluntad, a sabiendas de lo que significaba el acuerdo y sin haber sido presionado para ello.

Tras aquella audiencia de Casación, el tribunal solicitó al juzgado de instrucción que llevó la causa por los cuadernos del remisero Oscar Centeno el envío «con carácter de urgente» de «soporte fílmico, digital u otro medio técnico en el cual se hayan registrado”.

La respuesta, la dio el juez Marcelo Martínez de Giorgi (quien reemplazó a Bonadio tras su muerte) que sostuvo que no estaban tales registros en sus manos.

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