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Qué establece el DNU que declara servicios públicos a internet, telefonía y TV paga

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La medida adelantada por el presidente Alberto Fernández, fue oficializada este sábado por el Decreto 690/2020 donde suspendió «cualquier aumento de precios o modificación de los mismos» hasta el 31 de diciembre.

El Gobierno declaró este sábado a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) «servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia a la telefonía celular y fija, internet y la televisión paga”, y suspendió «cualquier aumento de precios o modificación de los mismos» hasta el 31 de diciembre.

La medida, que el presidente Alberto Fernández adelantó ayer a través de Twitter, fue dispuesta mediante el DNU 690/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial.

En los considerandos, la disposición remarca que, durante la gestión de Cambiemos, «mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 267/2015 se derogó gran parte del andamiaje legalmente establecido en materia de servicios de comunicación audiovisual y de las Tecnologías de la Información y la Comunicación».

Por lo que, destaca que la decisión se tomó «abandonándose la idea del acceso a estos últimos como un derecho humano, dejándolos librados a ley de la oferta y demanda como una simple mercancía, contrariamente a lo previsto en la Constitución Nacional».

Punto por punto: qué establece el nuevo DNU

-Los servicios de telefonía, internet y TV paga se declaran «servicios públicos, esenciales y estratégicos».

Se suspenden los aumentos de precios establecidos o anunciados desde el 31 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020 por las empresas.

-Los precios deberán ser «justos y razonables, deberán cubrir los costos de la explotación, tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación».

-Los precios serán regulados por el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom).

-Se establecerá una prestación básica universal obligatoria «que deberá ser brindada en condiciones de igualdad».

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