
El ENRE instruyó este lunes a las empresas Edenor y Edesur a no suspender el suministro de por las deudas generadas o agravadas por la pandemia.
Como lo habían adelantado la semana pasada, el Ente Regulador prorrogó, en el ámbito de su competencia, la prohibición de corte del servicio eléctrico a personas usuarias por deudas previas al 28 de febrero del 2021.
Mediante la Resolución 58/2021, se instruyó a las empresas distribuidoras a que se abstengan de suspender el suministro a aquellas personas usuarias que hayan originado o agravado alguna deuda durante la vigencia del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) y el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO), las notas de débito originadas por las Resoluciones ENRE N°27/2020, y N° 35/2020.
Desde mañana,que será la publicación en el Boletín Oficial, las distribuidoras deberán emitir facturas sin los saldos deudores.
Solo va a figurar la energía consumida durante el bimestre, explicaron desde el ENRE.