El Gobierno Nacional dispuso a través qué un DNU, que las empresas prestadoras de servicios deberán permitir la financiación en 30 cuotas mensuales fijas y consecutivas de los saldos que se hayan provocado desde el 1 de marzo de 2020.
«En el caso de los servicios de electricidad, gas en red y agua corriente, serán pagaderos por los usuarios y usuarias en TREINTA (30) cuotas mensuales iguales y consecutivas, comenzando la primera de ellas con la primera factura regular a ser emitida por las distribuidoras a partir del 30 de septiembre de 2020. Sin perjuicio que el usuario o usuaria pueda solicitar su cancelación con anterioridad y/o en menor cantidad de cuotas”, indicó resolución emitida por el Gobierno.
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