Inicio Política Comenzó a aplicarse la Ley de Modernización del Trabajo

Comenzó a aplicarse la Ley de Modernización del Trabajo

450
0

A una semana de que el Congreso de la Nación aprobara la reforma laboral, durante la madrugada de este viernes quedó oficialmente promulgada la llamada Ley de Modernización del Trabajo. La decisión fue difundida a través del Boletín Oficial.

La disposición, identificada como Ley Nº 27.802, empezó a tener vigencia luego de la publicación del Decreto 137/2026, que fue firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.

“En ejercicio de las atribuciones otorgadas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.802 aprobada por el Honorable Congreso de la Nación en su sesión del 27 de febrero de 2026”, señala el texto oficial, que además ordena su registro en la Dirección Nacional del Registro Oficial.

Asimismo, el contenido completo de la Ley de Modernización Laboral fue puesto a disposición en la página del Boletín Oficial. La normativa fue difundida con un total de 25 capítulos, luego de atravesar distintas revisiones que terminaron con la eliminación de los artículos que proponían cambios en el sistema de licencias médicas.

Las modificaciones más significativas se concentran en temas vinculados a indemnizaciones, salarios, vacaciones, extensión de la jornada laboral, derechos colectivos y el funcionamiento de las organizaciones sindicales.

La nueva legislación introduce cambios relevantes en varios aspectos de la Ley de Contrato de Trabajo. Uno de los puntos más importantes está relacionado con el régimen de vacaciones, ya que establece de qué manera, en qué momento y bajo qué condiciones los trabajadores podrán utilizar su período de descanso.

Aunque se mantiene el período habitual para otorgarlas entre octubre y abril, ahora se permite que empleado y empleador acuerden tomarlas fuera de ese lapso. Con esta posibilidad se amplía la flexibilidad y se eliminan limitaciones vinculadas a determinadas épocas del año.

El inicio de las vacaciones deberá ser comunicado por escrito al trabajador con al menos 21 días de anticipación. No obstante, los convenios colectivos o acuerdos firmados con representación sindical dentro de las empresas podrán establecer mecanismos distintos según las características de cada actividad. El objetivo es que los trabajadores dispongan del tiempo necesario para organizar sus compromisos personales y familiares en función del calendario definido por el empleador.

Uno de los cambios más relevantes es la posibilidad de dividir el período de vacaciones, siempre que cada tramo tenga una duración mínima de una semana completa. De esta manera, el descanso pago ya no deberá tomarse necesariamente en una sola oportunidad durante el año, sino que podrá distribuirse en segmentos de al menos siete días consecutivos.

Este nuevo esquema representa una diferencia con el sistema anterior, en el que las vacaciones generalmente se disfrutaban completas en una única instancia dentro del año laboral.

Con la habilitación para fraccionar el descanso anual, la ley busca adaptarse a las nuevas dinámicas del mercado laboral y a formas de trabajo más flexibles. Aun así, establece límites claros para garantizar un descanso real: en ningún caso los períodos podrán dividirse en lapsos menores a siete días.

El pago correspondiente al tiempo de vacaciones deberá realizarse al comienzo del mismo. En caso de que el descanso se tome en partes, el empleador tendrá la opción de abonar toda la remuneración correspondiente al total de las vacaciones al inicio del primer período.

Comente con Facebook