S.P.N

El presidente anunció nuevas medidas de restricción debido a la segunda ola

Las medidas tendrán vigencia: Desde el 1° de Mayo al 21 de Mayo, inclusive.

Según 3 factores (RAZON -aumento de casos en últimos 14 días-; INCIDENCIA -cantidad de casos sobre población- y OCUPACION CAMAS DE UTI) los lugares del país se clasifican en 4 CATEGORIAS:
1️⃣SITUACION DE BAJO
2️⃣MEDIO
3️⃣ALTO RIESGO EPIDEMIOLOGICO Y SANITARIO
4️⃣ALARMA EPIDEMIOLOGICA Y SANITARIA.

MEDIDAS GENERALES TODO EL PAIS:

VIAJES GRUPALES: Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.
REUNIONES SOCIALES: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas. PERSONAS DE RIESGO: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

MEDIDAS PARA ZONAS DE RIESGO SANITARIO Y EPIDEMIOLOGICO MEDIO (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) RAZON: 0.8 a 1.2 e b) INCIDENCIA: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 HABITANTES)):
Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

MEDIDAS PARA ZONAS DE ALTO RIESGO SANITARIO Y EPIDEMIOLOGICO (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) RAZON: MAYOR A 1.20 e b) INCIDENCIA: MAYOR A 150 c/ 100.000 HABITANTES)

REUNIONES SOCIALES:

MEDIDAS PARA ZONAS DE ALERTA EPIDEMIOLOGICA Y SANITARIA

ACTIVIDADES SUSPENDIDAS:
Centros comerciales y shoppings.
Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.
Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.


Restricción en ámbito educativo.
Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.


DEPORTES: Se prohíben los deportes grupales.
Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.


HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: Entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.


PROHIBICION DE CIRCULACION: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)


TRANSPORTE PÚBLICO: solo para esenciales y autorizados.

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